Aspectos legales para drones - España

Hola a todos.
Me gustaría abrir este tema para revisar la legislación en España acerca de volar dones y por tanto su enfoque económico.
Seguro que en este tema @JaimeBrotons puedes aportar gran información.
Por lo que me he informado en todo el territorio nacional queda prohibido sobrevolar con drones núcleos urbanos, concentración de personas y de noche. Únicamente se podrá hacerlo con una autorización de AESA, pero no se lo difícil o costoso que resultará obtener dicha autorización. De hecho yo no veo ningún don sobrevolando las ciudades y seguro que hay mercado (revisión de azoteas, instalaciones, eventos, etc).
Además de contar con el carnet de piloto, si el resultado es para negocio (no entretenimiento) además hay que disponer con un manual de operadores que desconozco quien lo aprueba (supongo que AESA).
En fin abro el hilo y seguro que saldrán dudas y dudas y dudas y comentarios.
Un saludo.

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Esto es algo que se debería hacer por cada país para tener claro como está la normativa en cada lugar, necesito extenderme bastante y ahora voy un poco liado, pero volveré.

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Estoy de acuerdo contigo. De esta manera sabremos en cada país en que estado se encuentra y las responsabilidades que conlleva.

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Resumiendo, mas o menos el único sitio donde se puede volar es en el campo. Y no en todos los campos.

Echa un vistazo a este mapa, sobre las prohibiciones:

http://www.icarusrpa.info/mapa.php?opt=all

Luego hay zonas como las verdes, o las zonas LER donde puedes volar pero tendrás que mandar mil papeles al instituto cartográfico nacional, al Ejercito del aire…para pedir autorización para el día que vayas a volar.

Para ello antes debes de ser operador habilitado por AESA.

Vamos un follon que te cagas.

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Ok @Xerez entonces mi pregunta para @Mario-Carvajal: ¿cómo conseguiste volar un dron en las torres de Madrid? :scream:

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Hola @atestes . Es algo que muchos se preguntan :slight_smile: , pero en realidad de trata de un Flying Willy.
Puedes hacer una búsqueda con ese termino en el foro si desconoces está técnica. Saludos.

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Creo que @OFpanoramas podrá contarte una anécdota de algo que le ocurrió con esta foto y la AESA… que por fortuna no trascendió más allá de una buena anécdota. jejejeje…

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Tal como ha contestado @Xerez el mapa de Icarusrpa es una buena referencia para empezar, pero lo lógico sería que AESA hiciese su trabajo y tuviese su propio mapa oficial donde consultar las zonas de vuelo, pero básicamente sólo se puede volar fuera de espacio aéreo controlado, de día, fuera de zonas urbanizadas, fuera de zonas de concentración de personas, fuera de zonas consideradas peligrosas, al menos a 8 kilómetros de cualquier aeródromo o helipuerto… y se puede volar por hobbie sin ningún tipo de licencia o seguro, el lío viene cuando quieres hacer fotos o vídeo, por que incluso las fotos que haces para tu porfolio son de trabajo si te dedicas a la fotografía profesionalmente, y entonces para poder volar necesitas tener un manual de operaciones de tu drone aprobado por AESA, una caracterización del aparato, un seguro aeronáutico y un certificado médico aeronáutico, y por supuesto el curso teórico y práctico, estos cursos han supuesto un verdadero maná para los que se dedican a impartirlos, son los que de verdad están ganando dinero con los drones.

¿Tiene alguna ventaja estar habilitado como operador de drones? pues si, por que puedes trabajar con ellos dentro de las zonas y ambientes permitidos, puedes solicitar permisos para volar dentro de los espacios de restricción a los vuelos fotográficos y puedes coordinarte con un aeródromo o helipuerto para volar dentro de su zona de influencia de forma legal, ademas de contar con un seguro por si algo sale mal, pero también supone una responsabilidad, por que ya no vas a poder alegar desconocimiento, si haces algo mal ser operador es un agravante, y al final, aficionados y profesionales pueden volar casi en los mismos sitios, aunque la verdad, yo vuelo mas tranquilo teniendo la documentación en regla, no hace mucho tuve que hacer un vuelo cerca de un cuartel de la guardia civil, me presenté con mi documentación unos días antes para hablar con ellos y no tuve ningún problema para volar, supongo que todos habéis visto la noticia de hace unos días de un aficionado volando un dron de juguete cerca de una comisaría en Castellón.

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A mi me ha pasado algo parecido a @OFpanoramas por la panorámica desde la torre Eiffel, con la seguridad que había allí este verano, incluso había señales de prohibido drones en la entrada a la torre.

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Hasta que Amazon no se pase por el forro la normativa española y reparta con drones esto va ser un mercado cerrado.

Por cierto que pasa con las zonas que no estan coloreadas?

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Que puedes volar sin no es zona urbana, no hay gente, es de día, no es una zona donde vuelen parapentes, globos aerostáticos, ultraligeros… está a mas de 8 km de un aeródromo o un helipuerto, no hay carreteras, no es una zona protegida que lo prohibe en su plan rector… seguro que se me olvida algo

Ahora tenemos en el grupo a dos profesionales de la empresa más importante de españa en el grupo y además amigos míos por eso los he invitado @salvador.delosrios y @manuel.montes ellos estan al dia pueden volar para ti y eso te ahorrará muchos líos. Aeromedia es el nombre de su compañía nacional hacen televisión, cine, publicidad e imágenes 360º

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Bienvenidos @salvador.delosrios y @manuel.montes, ahí van algunas preguntas…

-Está perfectamente claro donde puede volar legalmente un operador, no está autorizado a volar en espacio aéreo controlado, mientras que a alguien que vuela por hobbi sólo se le exige en este aspecto que no vuele cerca de un aeropuerto, ¿significa eso que pueden volar dentro de un CTR mientras estén lejos de un aeropuerto?

-Cuando un operador vuela por hobbi ¿se rige por las normas como operador o como piloto recreacional?

-Las imágenes que captamos para nosotros, no son trabajo, pero en que momento se considerarían trabajo, ¿cuando las publicamos en nuestro porfolio, redes sociales… o cuando la vendemos a un cliente?

-En los aparatos utilizados para vuelo recreativo conocidos comunmente como drones de carreras, cómo diferenciar un aeromodelo de un juguete, ¿hay algún antecedente sobre a partir de que peso o tamaño se podría considerar un juguete o son todos aeromodelos aunque pesen 20 gramos?

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Es un placer estar con ustedes, mi nombre es Manuel Montes, trabajo en Aeromedía y tanto Salvador de Los Rios, como yo, estamos encantados de pertenecer a este grupo.

Debo de darle las gracias a Doro ,nuestro trusted de Google, por la invitación.

Y entrando en materia sin mas preámbulo,te contesto en el cuerpo del mensaje para aclarar las cosas.

-Está perfectamente claro donde puede volar legalmente un operador, no está autorizado a volar en espacio aéreo controlado, mientras que a alguien que vuela por hobbi sólo se le exige en este aspecto que no vuele cerca de un aeropuerto, ¿significa eso que pueden volar dentro de un CTR mientras estén lejos de un aeropuerto?

R.: No. El aficionado tiene las mismas limitaciones que el profesional.
Por eso AESA le exige estar en conocimiento de la Normativa vigente para poder volar su dron, aunque no le requiere el certificado de piloto.

-Cuando un operador vuela por hobbi ¿se rige por las normas como operador o como piloto recreacional?

R.: Las normas de seguridad aplicables son las mismas.

-Las imágenes que captamos para nosotros, no son trabajo, pero en que momento se considerarían trabajo, ¿cuando las publicamos en nuestro porfolio, redes sociales… o cuando la vendemos a un cliente?

R.: Sólo las imágenes/vídeo tomadas con dron para uso personal no se consideran “trabajo”.
Para que se considere rendimiento profesional del uso del dron, no hace falta siquiera haber cobrado el servicio. Si las publicas en tu portfolio, se entiende que estás usando el dron para publicidad profesional, luego…

-En los aparatos utilizados para vuelo recreativo conocidos comunmente como drones de carreras, cómo diferenciar un aeromodelo de un juguete, ¿hay algún antecedente sobre a partir de que peso o tamaño se podría considerar un juguete o son todos aeromodelos aunque pesen 20 gramos?

R.: Ten en cuenta que el primer segmento de peso que AESA estipula para drones de menos de 25Kg empieza con: “De 0 a 5 Kg” (Apéndice I rev.2). Es decir, para AESA, TODOS los drones son AERONAVES.
Claro está, el sentido común dicta que no es lo mismo un dron de 20g, de “juguete” que uno de 5Kg; no hace el mismo daño ni tiene las mismas prestaciones, pero, ya que lo mencionas, los drones de carreras pesan poco y alcanzan velocidades de vértigo (a veces, muy por encima de 100Km/h), con lo que…ojo!

Espero haber resuelto tus dudas y la de demas compañeros.

Un abrazo, para lo que queráis, a vuestra disposición.

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Gracias por tu aporte mi estimado, amigo y piloto @manuel.montes, la verdad contratar a un profesional para una fotografia aerea 360 es mas barato tiene menos riesgos y aseguras el trabajo, ademas con el S900 no se puede pedir mas. :slight_smile:
A los fotografos españoles! Aeromedia es lider en España en trabajos aereos con Drone, Cable Cam construyen Drones a medida etc…

saludos.

En Colombia, estamos igual… Yo ahora prefiero contratar a un piloto que salir a volar mi propio dron. Y en este sentido veo que puede resultar muy interesante esta división del trabajo, lo que pasa es que estas regulaciones tienen en algún momento que estar más puestas en términos lógicos, porque al parecer, quienes las hacen desconocen muchos aspectos y se vuelven una camisa de fuerza que no permite el desarrollo lógico del negocio.

Gracias por tu aporte @manuel.montes y bienvenido a Kamaradas.

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No solo eso @Mario-Carvajal. Al parecer, una regulación tan restrictiva tiene también “otros fines” como los de proteger algunos “intereses particulares” :no_mouth:

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Yo llevo ya bastantes años haciendo panorámicas aéreas, desde helicópteros, paramotores, globos aerostáticos… y con drones ya llevo también algunos años, y me hice operador autorizado en cuanto salió la ley actual, en estos momentos utilizo un octocóptero diseñado y fabricado específicamente para hacer panorámicas aéreas, de hecho he dado servicio en varias ocasiones a otros fotógrafos panorámicos que no podían hacer estas panorámicas.

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En España la ley aparte de ser exageradamente restrictiva tiene doble vara de medir. Por un lado el 90% de los operadores los cuales no se pueden salir ni un pelo de la ley y por otro lado las televisiones que hacen lo que le sale del forro y no pasa nada.
Luego esta también hacienda que resulta que busca construcciones ilegales con drones, eso ya es pa matarse! Osea que hacienda si puede volar sobre núcleo urbano.

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